El 11/10/2016 fue publicada la Notificación relativa a la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación Económica entre la Unión Europea y la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional (SADC) relativo al trato arancelario y derechos preferenciales a las mercancías originarias de ambas partes y publicado el pasado 16/09/2016.
Los países beneficiarios de este Acuerdo con la UE son Botsuana, Lesoto, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Suazilandia. Sin embargo, dicho acuerdo se aplica de manera provisional en todos los países mencionados con excepción de Mozambique, que está realizando los trámites para la ratificación de este Acuerdo, y se adherirá tan pronto como haya concluido el proceso.
El tratamiento preferencial y la reducción progresiva de derechos para las mercancías se regirá por lo establecido en los artículos 24 y 25 así como por los anexos I, II y III del Acuerdo. En este sentido, se plantean dos escenarios:
Se eliminan los derechos desde la fecha de la entrada en vigor del acuerdo ( de acuerdo con el apartado 1 del anexo I parte I). Afecta a todos los productos salvo el capítulo 93, para el que no se aplican preferencias.
Se contemplan distintas categorías de mercancías: