SPG aplicable en el periodo 2014 a 2023

El esquema SPG aplicable desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2023 cuenta con 87 países beneficiarios frente al 176 del esquema anterior vigente hasta 31 de diciembre de 2013, con nuevos productos con preferencias y cambios en los regímenes especiales del SPG.

A partir del 1 de enero de 2014, el R/UE 978/2012 (L-303 30/10/2012) establece el nuevo esquema SPG aplicable hasta diciembre de 2023 por la Unión Europea y deroga el esquema anterior establecido por el R/CE 732/2008 (L-211 06/08/2008).

Las principales novedades son las siguientes:

Reducción del número de países beneficiarios

El anterior esquema establecía preferencias aplicables a 176 países. En cambio, con el nuevo sistema son sólo 87 los países beneficiarios.

A partir del 1 de enero, dejan de ser beneficiarios del SPG los siguientes grupos de países:

  • Países firmantes de Acuerdos Comerciales que les garantizan iguales o mayores preferencias (34 países).

  • Países clasificados por el Banco Mundial como países de renta alta o media-alta (22 países, entre ellos: Argentina, Brasil y Rusia).

  • Países y Territorios de Ultramar (33 países).

Aplicación del mecanismo de graduación

  • Nueva clasificación de las secciones de productos

  • Se retirarán las preferencias si durante 3 años consecutivos el valor medio de las importaciones en la UE de los productos de una sección originarios de un país beneficiario supera:

    • El 47,2% para los textiles.

    • El 17,5% para las secciones: S-2a, S-3 y S-5.

    • El 57,0% para el resto de productos.

  • La lista de los países y sectores graduados fue publicada en el R/UE 1213/2012 (L-348 18/12/2012).

Nuevos productos con preferencias

SPG general:

  • 15 partidas del Sistema Armonizado pasan a ser consideradas como productos no sensibles

  • 8 subpartidas de Nomenclatura Combinada pasan de productos sensibles a no sensibles

SPG+:

  • 4 partidas de Sistema Armonizado incluidas.

Cambios en los regímenes especiales del SPG

Desde el 1 de enero de 2014

  • Retirada de las Maldivas de la lista de países beneficiarios del régimen especial a favor de los países menos desarrollados (SPG-Pmd) para pasar al régimen general conforme al R/UE 1421/2013 (L-355 31/12/2013).

  • Concesión del estatus SPG Plus a los siguientes países: Armenia, Bolivia, Cabo Verde, Costa Rica, Ecuador, Georgia, Mongolia, Pakistán, Paraguay y Perú conforme al R/UE 1/2014 (L-1 04/01/2014).

Desde el 25 de diciembre de 2014

  • Se le concede el estatus SPG+ a Filipinas conforme a lo dispuesto en el R/UE 1386/2014.

Cambios en el sistema aplicables en 2016

A partir del 1 de enero de 2016, quedarán excluidos del sistema SPG:

  • Botswana y Namibia, conforme al R/UE 1016/2014 (DOUE L-283 27/09/2014), al considerarse países de renta media–alta en base a la definición del Banco Mundial.

  • Colombia, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú yTurkmenistán, según el R/UE 1015/2014 (DOUE L-283 27/09/2014), por tratarse de un país de renta media–alta en base a la definición del Banco Mundial en el caso de Turkmenistán y de países con acuerdos de acceso preferencial al mercado en el resto.

Cambios en el sistema aplicables en 2017 y 2019

Aplicables en 2017

Saldrán del régimen SPG, a partir de 1 de enero del 2017 conforme al al R/UE 2015/1979(DOUE L-289 05/11/2015):

  • Iraq, las Islas Marshall y Tonga al tratarse de países de renta media-alta en base a la definición del Banco Mundial.

  • Georgia y Camerún al comenzar a aplicarse en 2014 acuerdos de acceso preferencial al mercado

  • Fidji tanto por tratarse de un país de renta media-alta según la definición del Banco Mundial, como por contar desde 2014 con un acuerdo de acceso preferencial al mercado.

Aplicables en 2019

  • Samoa saldrá del régimen de los países menos desarrollados del SPG a partir de 1 de enero de 2019, según el R/UE 2015/1979 (DOUE L-289 05/11/2015).

Cambios en el sistema SPG producidos durante 2014 y 2015

Producidos en 2014

  • Botswana, Camerún, Costa de Marfil, Fidji, Ghana, Kenia, Namibia y Suazilandia son países beneficiarios del régimen general del SPG desde el 1 de octubre de 2014, en base al R/UE 1016/2014 (DOUE L-283 27/09/2014).

Producidos en 2015

  • China, Ecuador, Maldivas y Tailandia quedaron excluidos del sistema SPG, desde partir del 1 de enero de 2015, conforme al R/UE 1421/2013 (L-355 31/12/2013).

Podrás encontrar más información SPG periodo 2014-2023 en los siguientes enlaces:

Fuente: Unión Europea

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