Cuando se vende a particulares del Reino Unido, el régimen de ventas a distancia es de aplicación cuando las ventas superen las 70.000 libras esterlinas. A partir del 1 de enero de 2021 finaliza el período transitorio durante el cual el Reino Unido le sigue siendo aplicable la normativa comunitaria. Es por ello por lo que, a partir de la fecha, dichas ventas se considerarán exportaciones y por consiguiente deberán estar exentas de IVA.