Control sobre los productos químicos peligrosos

Están sometidos a control sistemático en frontera exterior la EXPORTACIÓN.

La normativa básica reside en el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de Consentimiento fundamentado previo aplicable a los PQP objeto de comercio internacional (Convenio PIC). Instrumento de ratificación BOE 73 de 25-3-2004 y el Desde el 1-3-2014 es aplicable el Reglamento (UE) 649/2012 (L-201 de 27-7-2012), del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la exportación e importación de PQP.

Los PQP sujetos al control son los incluidos en el Anexo I y V del Reglamento 649/2012 y que principalmente se clasifican en los capítulos 28 - Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos, 29 - Productos químicos orgánicos y 38 - Productos diversos de las industrias químicas.

El sitio ispaf.institute utiliza cookies propias para recopilar información que ayuda a optimizar su visita a sus páginas web. No se utilizarán las cookies para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.
Aceptar cookies Modificar su configuración